Inviser Detectives
Consigue un entorno empresarial seguro
Desde nuestra agencia de detectives en Madrid te ayudamos a investigar posibles actividades sospechosas que se estén realizando en tu empresa, para prevenir fraudes y proteger tus intereses comerciales.
Competencia desleal
La Competencia Desleal, es un concepto enclavado en el Derecho Mercantil y recogido en la Ley 3/1991 del 10 de enero.
La Competencia Desleal puede definirse como el comportamiento de un trabajador que comienza a desarrollar actividades dentro del mismo sector de actividad, ya sea por cuenta ajena o por cuenta propia, en el que puede utilizar los conocimientos o medios adquiridos en una empresa para utilizarlo en su contra.
En la mayor parte de los casos, el empresario se da cuenta de esta situación porque su volumen de ventas disminuye y pierde a muchos de sus clientes.
El empleado o antiguo empleado adquiere de la empresa lo que se conoce como “KNOW HOW”. Conoce a los clientes, sus necesidades, los precios de venta de la empresa, márgenes y proveedores a los que acudir, entre otros.
Nuestra Agencia de Detectives te ayudará a demostrar que existe Competencia Desleal mediante la redacción de un informe en el que queden reflejadas las pruebas obtenidas y que demuestren sin ningún género de dudas, que la persona a investigar se encuentra realizando una competencia desleal para la empresa con la que trabaja o trabajaba, siendo ratificado posteriormente en Sede Judicial, como Detectives Privados habilitados por el Ministerio del Interior para realizar dichas funciones, en calidad de Testigo Cualificado.
El ilícito competencial se produce cuando se dan las circunstancias en las que se realiza, se muestra idóneo para promover o asegurar en el mercado prestaciones propias o de un tercero.
Según el Art 4.1 LCD, se reputa desleal todo comportamiento que resulte objetivamente contrario a las exigencias de la Buena Fe. Es un concepto que exige el elemento intencional, solo que sea contrario a la buena fe.
Los actos que perjudican principalmente a la competencia son entre otros:
- Actos de denigración, hablar mal de la empresa para la que trabaja o trabajó.
- Explotación de la reputación ajena.
- Violación de Secretos Profesionales.
- Inducción a la ruptura contractual.
La legitimación activa, por regla general, pertenece al que resulte directamente perjudicado en sus intereses económicos. Mientras que la legitimación pasiva puede ejercitarse contra cualquier persona que haya realizado u ordenado la conducta desleal.
La prescripción es de 1 año desde el momento en que pudieran ejercitarse las acciones y el legitimado tuvo conocimiento de la persona que realizó el acto. En todo caso, 3 años desde el momento de finalización de la conducta.
A modo de ejemplo de jurisprudencia, señalamos la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, con fecha 15 de enero de 2010, en la que se indica lo siguiente:
“Lo característico de la falta laboral de competencia desleal es el elemento intencional revelador de una premeditada conducta desleal del trabajador respecto de la empresa que no sólo remunera un trabajo, sino que también le facilita medios para adquirir experiencia y perfeccionamiento profesional que luego aquél pretende utilizar en su propio provecho y en desmérito o perjuicio para los intereses de su empresa», exigiendo pues tal doctrina para la existencia de la competencia desleal que concurran tres elementos:
- La existencia por parte del trabajador de una actividad económica en satisfacción de su propio interés y en competencia con la de la empresa por desarrollarse ambas dentro del mismo ámbito mercantil.
- La utilización de la experiencia y perfeccionamiento profesional adquiridos en la empresa en beneficio propio.
- Que tal utilización redunde en desmérito o perjuicio para los intereses de dicha empresa.”
Sentencia del Tribunal Supremo de 05 de diciembre de 2008, número 1166/2008, Sección 1ª. Recurso número 1353/2003.
La prohibición de competencia desleal que impone a los administradores el artículo 65 LSRL se infringe mediante la creación por parte de éstos, sin la autorización de la sociedad, de una sociedad con idéntico objeto, salvo que se demuestre, valorando las circunstancias, que no existe contraposición de intereses.
Sentencia del Tribunal Supremo de 17 de mayo de 2017, número 1910/2017, sección 1º, Recurso número 2235/2014.
Actos contrarios a la buena fe ( artículo 4.1 LCD) los demandados han desarrollado una actividad concurrencial con la de la demandante utilizando información confidencial en su propio provecho.
Sentencia del Tribunal Supremo de 26 de abril de 2017, número 254/2017.
Competencia Desleal al realizar actos de imitación con aprovechamiento del esfuerzo ajeno, actos de violación de secretos y de aprovechamiento indebido de infracción contractual ajena.
Sentencia del Tribunal Supremo de 8 de abril de 2014, sección 1º.
Es una sentencia de gran importancia puesto que la Sala Primera admite la posibilidad de que el denunciante tenga que acreditar el daño, incluido el moral, y el nexo causal, y que esa carga de la prueba no sea conditio sine qua non del reconocimiento del derecho a ser indemnizado por la realización de un acto de competencia desleal.
Fuga de mercancía
Si sospechas que existe una fuga de mercancías en tu empresa, en tus propias instalaciones o en el transporte de ellas al punto final, las acciones que le ofrecemos, para su tranquilidad y como medida probatoria en unas posibles acciones judiciales, son las siguientes:
- Instalación de equipos de video grabación de imágenes ocultos, donde se registran las acciones llevadas a cabo por parte de empleados y de otras personas que tienen acceso al material o género de tu empresa.
- Seguimiento de la mercancía para la comprobación del destino final de la misma, ya sea por parte de empleados o transportistas, con lo que se verifica posibles puntos donde se traslada sin tu conocimiento.
- Comprobación de una posible receptación de otras personas o empresas de tu material, género o mercancía sin tu aprobación.
Con relación a la instalación de Cámaras Ocultas, existe la Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) Sección Tercera, el 17 de octubre de 2019, sobre el conocido caso “LÓPEZ RIBALDA Y OTRAS VS ESPAÑA”.
Dicha sentencia tiene una gran importancia puesto que sienta las bases de los requisitos que el Tribunal Supremo venía exigiendo a la hora de aceptar las imágenes de cámaras ocultas para poder ser admitidas en juicio como prueba de cargo. Estos requisitos son la Proporcionalidad, la Legitimidad, la falta de necesidad de una notificación previa a los trabajadores, puesto que existía la sospecha razonable de un incumplimiento grave con su consecuente perjuicio y que la visualización de las imágenes se iba a realizar por un número limitado de personas.
A estos puntos, habría que añadir que los Detectives Privados, somos los únicos habilitados para la instalación, supervisión y elaboración de un informe con las imágenes obtenidas para su posterior ratificación.
Todas las pruebas obtenidas serán reflejadas en un informe detallado que será ratificado en Sede Judicial, como Detectives Privados habilitados por el Ministerio del Interior para realizar dichas funciones, en calidad de Testigo Cualificado.
Solvencia empresarial
En el ámbito empresarial, la solvencia financiera define la capacidad de una organización para cumplir con todas sus obligaciones de pago, independientemente de cuándo tenga que afrontarlas, tanto si es de forma inmediata como en un momento posterior.
A menudo las empresas se unen para ser más fuertes en el mercado y para garantizar el éxito y la viabilidad del nuevo grupo creado. Es fundamental, en estos casos, realizar un estudio de la solvencia de la nueva empresa objetivo de la unión. Este estudio no solo se debe realizar en cuanto a términos económicos, sino que se investigará acerca del funcionamiento interno de la empresa, el volumen de ventas y muchos otros aspectos.
Desde Inviser Detectives realizamos ese estudio previo y necesario para la obtención de la información precisa de todas las circunstancias de la empresa que se quiere comprar o a la que se quiere unir, así como de sus administradores y directores para comprobar que la situación es real.
Control de flotas
En ocasiones surgen dudas sobre el comportamiento de las personas que realizan labores de logística sobre la mercancía que trasladan desde los almacenes al destino final, ya sean producidas por un excesivo y continuo retraso en los desplazamientos, como por una posible conducta desleal por parte de su empleado, como podría ser realizar otros transportes que usted desconoce durante su jornada laboral.
Ante estas inquietudes, te ofrecemos realizar un seguimiento de los trabajadores y mercancías, donde aclararemos las dudas indicadas y otras que puedan surgirte, valiéndonos para ello, tanto de sistemas de localización GPS como de la observación directa sobre los empleados en sus distintos desplazamientos.
Informes prelaborales
Cuando te dispones a contratar a un nuevo trabajador en tu empresa y en la entrevista te facilita ciertos datos sobre su vida laboral, ¿no crees que es conveniente conocer si la información que te han facilitado se ajusta a la realidad? o bien, ¿tener conocimiento de posibles conflictos o conductas no deseables de las personas que optan al puesto de trabajo, y que pudieran posteriormente repercutir en el buen funcionamiento de tu empresa?
Pues para todo ello, la figura del Detective Privado especializado en la creación de informes laborales es imprescindible para que te encuentres seguro y tranquilo en la contratación del personal que opte a trabajar en tu empresa.
Realizamos las investigaciones necesarias y oportunas, dando respuesta a tus inquietudes sobre los datos, informaciones y demás cuestiones aportadas por las personas que en el futuro podrían tomar decisiones que influyen en el buen funcionamiento y desarrollo de tu empresa.
Trasgresión de la buena fe contractual
Cada vez es más habitual que la empresa ceda una serie de medios (coche, teléfono, ordenador) a un trabajador para el desarrollo de su actividad laboral. El caso más común es del los llamados comerciales o agentes de venta.
En la mayoría de los casos hacen un uso racional de los mismos sin comprometer ni la integridad de los bienes ni la efectividad del trabajo. Por el contrario, en ocasiones, hay trabajadores que realizan un uso inadecuado de estos elementos de trabajo y estos casos son causa de Despido Procedente.
Todas estas circunstancias, pueden ser difíciles de comprobar por parte de la empresa ya que, en ocasiones se llevan a cabo fuera del horario de trabajo y de la sede de la empresa. En estos casos, la labor de un Detective Privado Laboral se convierte en fundamental, puesto que permite poder acreditar algunas de las siguientes circunstancias:
- Reuniones con empresas de la competencia.
- Utilización de medios ajenos para fines propios.
- Creación de una nueva empresa valiéndose del know-how comercial adquirido.
- No cumplir con los estándares o procedimientos de la empresa.
- Extracción de dinero.
En ocasiones, esta deslealtad profesional o mala praxis del trabajador no se realiza en lugares a los que se tiene acceso sino que pueden estar ocultos a la vista. En estas situaciones, los Detectives Privados podemos valernos de medios técnicos como pueden ser equipos de videovigilancia oculta o la instalación de softwares en los equipos propiedad de la empresa con los que poder demostrar estas circunstancias.
Desde Inviser Detectives hemos realizado numerosos informes en los que se recoge desde el uso del vehículo por una persona distinta al trabajador, hasta el cargo de gastos de actividades particulares y que nada tienen que ver con su actividad laboral.
Única y exclusivamente, los Detectives Privados estamos habilitados para la instalación, control y uso de la información recogida cuyo fin es de elaboración del informe para el auxilio judicial, que será ratificado en la vista oral.
La Sentencia del TSJ del País Vasco de 9 de diciembre de 2008 establece: “ Se considera que existe transgresión de la buena fe contractual en los siguientes casos: la Competencia Desleal, disponer de materiales y medios de la empresa para fines propios ya sean, materiales, dinero, clientes, red de distribución, falsear partes de trabajo entre otros muchos…”
Sobre estas circunstancia podemos hacer mención a la sentencia Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 13 de noviembre de 2001. En ella se enjuicia un caso en el que en las horas y fechas que se señalan el actor procedió a descargar y visualizar los ficheros de contenido pornográfico. La sentencia considera el despido procedente, apreciando el grave incumplimiento que se produce como consecuencia de la realización de esa actividad durante el tiempo de trabajo y en un instrumento proporcionado por la empresa, valorando, por una parte, la reducción del tiempo de trabajo y el injustificado gasto para la empresa, y, de otra, la perturbación de la disponibilidad del equipo informático en una materia tan grave como el aterrizaje y el despegue de aviones. La sentencia de contraste excluye la aplicación de las garantías del artículo 18 del Estatuto de los Trabajadores, porque el ordenador no es un efecto personal del trabajador, sino una “herramienta de trabajo” propiedad de la empresa.
Duplicidad laboral
Se entiende por duplicidad laboral la que realiza un trabajador cuando ejerce otra actividad laboral en el mismo sector que su empresa, para sí mismo o para otros. Pero no existe solo este tipo de duplicidad laboral, en numerosas ocasiones se solicita una reducción de jornada por diferentes causas, entre ellas la más común es por el cuidado de hijos, y se aprovecha esta circunstancia para desarrollar otra actividad laboral en esas horas, lo que supone un perjuicio para la empresa.
Desde Inviser Detectives nos encargamos de conseguir las pruebas necesarias para logar un despido procedente con el consiguiente ahorro económico para tu empresa.
Infiltración en empresas
Cuando por las circunstancias en las que un trabajador desarrolla su trabajo, no exista la posibilidad de obtener las pruebas necesarias que pongan de manifiesto una causa de despido procedente, desde Inviser Detectives te ayudamos a conseguir estas pruebas mediante la infiltración de un Detective Privado en un puesto de trabajo cercano al trabajador con el que dejar constancia de todas las actividades de éste durante su jornada laboral y que puedan motivar un despido.
En nuestra agencia tenemos amplia experiencia en este tipo de operativos. Contamos con los perfiles necesarios para cada tipo de infiltración, habiendo desarrollado en el pasado numerosos dispositivos de este tipo con resultado satisfactorio.
Cliente misterioso
Realizamos investigaciones encubiertas de cliente misterioso. Realizamos un informe exhaustivo que contiene la evaluación de aspectos como la atención al cliente, la calidad y eficacia del servicio o la coherencia de la marca, entre otras.
Te ayudamos a identificar las oportunidades de mejora de tu negocio para mejorar la experiencia futura de tus clientes y así lograr multiplicar tus beneficios.
Absentismo laboral
Se produce cuando el absentismo supera el 20% del total de las horas laborales durante dos meses consecutivos o el 25 % durante cuatro meses alternos dentro de un año, independientemente de si las faltas son justificadas o no.
Nuestro objetivo es proporcionar a la empresa una evaluación precisa de los motivos de la ausencia y, cuando sea necesario, recopilar pruebas objetivas que ayuden a abordar los problemas de una manera más efectiva.
Contra espionaje industrial
Te ayudamos a salvaguardar tu propiedad intelectual y tus secretos empresariales para evitar posibles pérdidas económicas futuras y cualquier potencial daño a la reputación de tu empresa.
Nos encargamos de detectar amenazas y posibles actividades sospechosas tanto dentro como fuera de tu empresa. Evaluamos tus procesos para garantizar la completa seguridad de tus secretos industriales. Además, realizamos tareas de seguimiento y vigilancia para investigar posibles infracciones.
Intrusismo empresarial
Te ayudamos a asegurarte de que todas las empresas y profesionales que trabajan en tu industria cumplen con los estándares legales requeridos. Así, protegerás tu reputación y la integridad de tu sector.
A través de una investigación exhaustiva identificamos cualquier caso de intrusismo profesional y recopilamos pruebas fehacientes para que puedas recurrirlo legalmente.
Consigue un entorno empresarial seguro gracias a Inviser Detectives. Somos una agencia de detectives en Madrid especializada en la investigación empresarial. Si necesitas recopilar pruebas o te preocupa la integridad de tu empresa, no lo dudes, ¡contacta con nosotros!
Teléfono
669 441 664
¿Hablamos por WhatsApp?
669 441 664
Correo electrónico
info@invisermadrid.com
Dirección
C. Príncipe de Vergara 102, 2 Planta. 28003 Madrid.
Contacta con nosotros
Utiliza el formulario y envíanos un mensaje. Contactaremos contigo lo más rápido posible en la dirección de correo electrónico que facilites.
Responsable: INVISER DETECTIVES. RNSP 10362
Finalidad: Poder atender y gestionar los diferentes pedidos, solicitudes, consultas y resolución de dudas de los usuarios, así como poder realizar estudios estadísticos que ayuden a mejorar el funcionamiento de la página web y a informar de forma puntual.
Legitimación: Consentimiento del interesado.
Destinatarios: No se comunicarán datos a terceros, salvo obligación legal. La información es tratada con la máxima confidencialidad, siendo alojados en un servidor seguro. Tu dirección de correo electrónico se utilizará únicamente para dar respuesta a sus consultas realizadas a través de los formularios existentes en el sitio web, así como para informarle de las novedades.
Derechos: Tienes derecho a acceder, rectificar y suprimir tus datos, derechos que puedes ejercer enviando un correo electrónico a info@invisermadrid.com
Puedes consultar la información adicional y detallada sobre protección de datos en nuestra política de privacidad.
